El acceso a los ciclos está regulado por la Consellería de Educación. **__CICLOS DE GRADO MEDIO__** Los requisitos académicos necesarios para tener acceso directo son, según las modificaciones introducidas por la LOMCE aplicables en los procesos de admisión para el curso académico 2016-2017, pero supeditado al desarrollo normativo básico estatal, los siguientes: - Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que el alumno o alumna haya superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas aplicadas. - Título Profesional Básico. - Título de Bachiller. - Un título universitario. - Un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional. - Haber superado el segundo curso de BUP con un máximo de 2 materias pendientes. - Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias. - Haber superado el tercer curso del Plan de Estudios de 1963, o segundo curso de comunes experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos. - Título de Técnico Especialista. - Poseer alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior. - Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores. - Haber superado la Prueba de Acceso a Ciclos formativos de Grado Medio. Mas info: [[http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesional/orientaciones-grado-medio|Temario Prueba de Acceso Grado Medio]]