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tramite_detallado [2021/07/26 09:30] (actual)
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 +El acceso a los ciclos está regulado por la Consellería de Educación.
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 +**__CICLOS DE GRADO MEDIO__**
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 +Los requisitos académicos necesarios para tener acceso directo son, según las modificaciones introducidas por la LOMCE aplicables en los procesos de admisión para el curso académico 2016-2017, pero supeditado al desarrollo normativo básico estatal, los siguientes:
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 +  - Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,​ siempre que el alumno o alumna haya superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas aplicadas.
 +  - Título Profesional Básico.
 +  - Título de Bachiller.
 +  - Un título universitario.
 +  - Un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional.
 +  - Haber superado el segundo curso de BUP con un máximo de 2 materias pendientes.
 +  - Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias.
 +  - Haber superado el tercer curso del Plan de Estudios de 1963, o segundo curso de comunes experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
 +  - Título de Técnico Especialista.
 +  - Poseer alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los ciclos formativos de grado superior.
 +  - Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
 +  - Haber superado la Prueba de Acceso a Ciclos formativos de Grado Medio. Mas info: [[http://​www.ceice.gva.es/​web/​formacion-profesional/​orientaciones-grado-medio|Temario Prueba de Acceso Grado Medio]]
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 +**__CICLOS DE GRADO SUPERIOR__**
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 +Los requisitos académicos necesarios para tener acceso directo son, según las modificaciones introducidas por la LOMCE aplicables en los procesos de admisión para el curso académico 2016-2017, pero supeditado al desarrollo normativo básico estatal, los siguientes:
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 +  - Título de Bachiller.
 +  - Título universitario.
 +  - Título de Técnico.
 +  - Título de Técnico Superior de Formación Profesional
 +  - Junto a estos títulos a efectos de acceso son equivalentes los siguientes títulos:
 +  - Tener COU o Preuniversitario superado.
 +  - Titulados de Formación Profesional de segundo grado, de ciclos formativos de grado superior u otras titulaciones equivalentes a efectos académicos.
 +  - Titulados Universitarios que no posean ninguna de las Titulaciones anteriores.
 +  - Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
 +  - Haber superado la Prueba de Acceso a Ciclos formativos de Grado Superior [[http://​www.ceice.gva.es/​web/​formacion-profesional/​orientaciones-grado-superior|Temario Prueba de Acceso Grado Superior]]
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